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mayo  6, 2024

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¿Es obligatorio interponer el recurso previsto en el artículo 57 del Decreto-ley Nº 7060, para agotar la vía administrativa en la provincia de Entre Ríos?

Por Ana Emilce Schenone


"El agotamiento de la vía en la Provincia de Entre Ríos, tratándose de actos de la Administración, se produce por la obtención de una decisión administrativa definitiva y que cause estado en los términos del art. 4 del Decreto-ley Nº 7061, Código Procesal Administrativo (en adelante, C.P.A.) o ante el hecho del silencio de la misma, siempre que se den los requisitos para tener por configurada la denegatoria tácita de la pretensión, exigidos en el art. 5 del mismo cuerpo normativo."

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Términos mencionados en esta doctrina: administrativa, estado, decreto, administrativo, judicial, interponer, provincia, agotamiento, respuesta.

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